El alumnado que provenga de otras titulaciones diferentes a la rama de Ciencias de la Salud o en caso de que el alumnado esté en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a la normas de derecho comunitario, sea de por lo menos 300 créditos ECTS, una vez admitido, deberá realizar los complementos de formación específicos que tarde-noche determinados por la CAPD.

Los complementos de formación serán concretados para cada estudiante por la CAPD en función de su formación académica previa, sin que se puedan superar los 15 ECTS. La realización de estos complementos será simultánea a la tutela académica en el programa por lo que el alumnado deberá matricularse de estos complementos a lo largo del programa de doctorado.

Los complementos de formación específicos serán elegidos por la CAPD de entre las materias de Grado y Máster impartidos en el Campus de Ourense y Pontevedra, en función de la formación académica previa del alumnado.

Estos complementos serán impartidos por el profesorado de las titulaciones (Grado y Máster) en el período marcado en el calendario oficial de cada curso académico. Tendrán, a efectos públicos y de concesión de bolsas y ayudas al estudio, la consideración de formación de nivel de doctorado. Estos créditos no computarán a los efectos de los requisitos comunes de acceso al Programa de doctorado.